Esta Orden, se ha publicado al objeto de poder incorporar las novedades previstas en
normativa vigente con posterioridad al 12 de noviembre de 2007, entre otras las previstas en el Decreto 68/2008 de 26 de febrero, por el que se establece la sede electrónica, así como la supresión de aportación de fotocopia de los documentos identificativos oficiales y del certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Andalucía.
Así mismo, mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2009,
se aprobó el Plan de Medidas de Simplificación de Procedimientos Administrativos y Agilización de los trámites.
Las solicitudes se podrán presentar tanto de forma presencial, en el Registro General de la Consejería de empleo o en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, como telemáticamente en el Registro Único de la Junta de Andalucía o en la web de la Consejería de Empleo.
La Orden, también modifica aspectos relacionados con la solicitud de inscripción, incorporando nuevo Anexos:
Anexo III: Solicitud de inscripción en RERA
Anexo IV: Ficha para el registro de datos de la evaluación de la exposición en los trabajos con amianto
Anexo V: Registro de empresas con riesgo por amianto RERA (ficha de baja en el Registro)
Anexo VI: Consentimiento de publicación de datos RERA de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Anexo VII: Revocación del consentimiento de publicación de datos RERA de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Anexo VIII: Aprobación de Plan de Trabajo por obra (no único)
Anexo IX: Aprobación de Plan de Trabajo Único
Anexo X: Aprobación de Plan de Trabajo Sucesivo
Anexo XI: Fax de Aviso Previo
Podemos destacar dentro de esta Orden, la existencia de un Plan de Trabajos Sucesivos y la necesidad de un Aviso Previo, 48 horas antes de realizar trabajos, al Centro de Prevención de Riesgos Laborales de la provincia en que se desarrolla y a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, así como que sólo se podrá aprobar el Plan de Trabajo, si la empresa se encuentra inscrita en el RERA.