El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha trasladado a los agentes sociales la actualización del listado de enfermedades profesionales que como novedad incorpora el cáncer de laringe por inhalación de polvo de amianto. Esta modificación se plasmará en un futuro Real Decreto.
Su inclusión en el cuadro de enfermedades vinculadas con el ámbito laboral es fruto de la labor de investigación sobre la incidencia de este material en la salud de los trabajadores que, en los últimos meses, ha compartido el personal técnico de la Seguridad Social con el de los sindicatos y la patronal. Esta actualización supone el reconocimiento del exigente entorno en el que desarrollan su actividad las personas en contacto con el amianto. Este material es habitual en las minas de rocas amiantíferas, la industria naval, en los trabajos de aislamientos y en ciertas ramas de la construcción.
El cuadro de enfermedades profesionales de la Seguridad Social data de 2006. Desde entonces, se han producido importantes avances en las investigaciones y en el ámbito científico que permiten un mejor conocimiento de los mecanismos de aparición de ciertas enfermedades profesionales. Entre ellas, se encuentran sólidas evidencias que relacionan el cáncer de laringe con la inhalación de polvo de amianto.
La Seguridad Social acordó en el seno del Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) poner en marcha un grupo de trabajo, con representación de los agentes sociales, para estudiar la conveniencia de adaptar el listado de enfermedades profesionales.
Gracias a sus aportaciones, a finales de junio se pudo presentar un estudio científico sobre la conexión entre el cáncer de laringe y la inhalación de amianto. El cáncer de laringe por amianto ocasionará un escaso incremento de coste al sistema de la Seguridad Social, pues las prestaciones del Sistema a los trabajadores que sufren cáncer de laringe ya se reconocen en la actualidad, bien como contingencia común -si no se ha podido comprobar su origen laboral-, bien como accidente de trabajo si se trata de una enfermedad causada por el trabajo.
Por tanto, no existe ninguna modificación presupuestaria dado que un porcentaje muy elevado de las prestaciones concedidas a causa del cáncer de laringe por amianto ya se reconocen como accidente de trabajo y en consecuencia, su recalificación como enfermedad profesional no tendría sobrecoste.
Fuente: MEYSS y Seguridad Social