CóRDOBA
CECO. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)
Contacto:
Avenida del Gran Capitán, 12 - 2ª y 3ª plantas, 14001 - Córdoba
Telfs.: 957 47 84 43 - 957 49 71 11
Fax: 957 47 88 19
E-mail: ceco@ceco-cordoba.es
www.ceco-cordoba.es

JAÉN
CEJ. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ)
Contacto:
Paseo de la Estación 30, 7ª y 8ª Planta, 23003 - Jaén
Telfs.: 953 29 40 22
Fax: 953 29 40 24
E-mail: cej@cea.es
www.cej.es

GRANADA
CGE. Unidad Territorial de PRL

Confederación Granadina de Empresarios (CGE)
Contacto:
Maestro Montero, 23, 18004 - Granada
Telfs.: 958 53 50 41
Fax: 958 53 50 42
E-mail: cge@cea.es
www.cge.es

ALMERÍA
ASEMPAL. Unidad Territorial de PRL

Confederación Empresarial de la Provincia de Almería (ASEMPAL)
Contacto:
Paseo de Almería, 69 7ª Planta, 04001 - Almería
Telfs.: 950 62 10 80
Fax: 950 62 13 02
E-mail: asempal@asempal.es
www.asempal.es

MáLAGA
CEM. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Málaga (CEM)
Contacto:
San Lorenzo, 20, 29001 - Málaga
Telfs.: 952 06 06 23
Fax: 952 06 01 40
E-mail: info@cem-malaga.es
www.cem-malaga.es

SEVILLA
CEA. Departamento de Relaciones Laborales.
Técnico responsable: Lola Gessa.
Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA).
Contacto:.
Calle Arquímedes, 2 - Isla de la Cartuja, 41092 - Sevilla
Telfs.: 95 448 89 00
Fax: 95 448 89 11
E-mail: lgessa@cea.es
www.cea.es

CES. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Sevilla (CES)
Contacto:
Avenida de la República Argentina, 25 4ª Planta, 41011 - Sevilla
Telfs.: 95 499 11 00
Fax: 95 499 11 02
E-mail: info@cesevilla.es
www.cesevilla.es

CáDIZ
CEC. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz (CEC)
Contacto:
Avenida de Marconi, 37, 11011 - Cádiz
Telfs.: 956 29 09 19
Fax: 956 29 09 50
E-mail: info@ceccadiz.org
www.ceccadiz.es

HUELVA
FOE. Unidad Territorial de PRL

Federación Onubense de Empresarios (FOE)
Contacto:
Centro de Cooperación Andalucía Algarve - Avda. de la Ría, 3 , 1ª planta, 21001 - Huelva
Telfs.: 902 575 200
Fax: 902 575 202
E-mail: info@foe.es
www.foe.es



Noticia
El TS ratifica la nulidad de una multa de 800.000 euros a Cobre las Cruces por el accidente de 2010.
Fuente: www.eldiario.es

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación promovido por la Junta de Andalucía, contra una sentencia previa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anula una sanción de 800.000 euros impuesta por la Administración andaluza a la compañía minera Cobre las Cruces, que opera en Gerena, Guillena y Salteras, por un accidente laboral ocurrido en mayo de 2010 con el resultado de dos trabajadores heridos y uno fallecido.

En su sentencia, emitida el pasado 9 de diciembre y recogida por Europa Press, el Tribunal Supremo da cuenta de un recurso de casación promovido por la Junta de Andalucía, contra una sentencia emitida el 29 de enero de 2014 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), estimando el recurso interpuesto por Cobre Las Cruces, contra un acuerdo del consejo de gobierno de la Junta de Andalucía que imponía una "sanción administrativa" de 800.000 euros a dicha empresa "por la comisión de infracción en materia de seguridad minera" y la "vulneración" de la regulación que fija "las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras".

La sentencia del TSJA, en ese sentido, anulaba la citada sanción administrativa "por no ser ajustada a derecho", imponiendo además las costas a la Junta de Andalucía. La sentencia del TSJA, en ese sentido, analizaba las circunstancias "del accidente ocurrido el 25 de mayo de 2010 en la planta hidrometalúrgica del complejo minero" de Cobre las Cruces, saldado con heridas de segundo y tercer grado sobre tres trabajadores, dos de la contrata Elimco S.L. y un operador de planta de Cobre las Cruces. Uno de los empleados de Elimco heridos en este siniestro falleció tres días después como consecuencia de las heridas, según rememora el fallo.

Mientras el procedimiento sancionador de la Junta de Andalucía detectaba un "incumplimiento de las exigencias en materia de seguridad y salud laboral", entre otros aspectos por no disponer supuestamente los empleados de "los equipos de protección individual adecuados", la sentencia del TSJA esgrimía "el acta de inspección laboral levantada con motivo del accidente y el auto de sobreseimiento de las actuaciones penales del Juzgado de Instrucción 20 de Sevilla", porque el primer documento "concluye que la empresa había adoptado las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que se ponían a disposición de los trabajadores fueran adecuados al trabajo que debía realizarse y convenientemente adaptados al mismo, a fin de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores al utilizar dichos equipos de trabajo (...), no conociendo sino hasta el percance los defectos de que adolecía el portabridas".

Para mayor información: http://www.eldiario.es/andalucia/sevilla/TS-ratifica-Cobre-Cruces-accidente_0_470003547.html
 

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