CóRDOBA
CECO. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)
Contacto:
Avenida del Gran Capitán, 12 - 2ª y 3ª plantas, 14001 - Córdoba
Telfs.: 957 47 84 43 - 957 49 71 11
Fax: 957 47 88 19
E-mail: ceco@ceco-cordoba.es
www.ceco-cordoba.es

JAÉN
CEJ. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ)
Contacto:
Paseo de la Estación 30, 7ª y 8ª Planta, 23003 - Jaén
Telfs.: 953 29 40 22
Fax: 953 29 40 24
E-mail: cej@cea.es
www.cej.es

GRANADA
CGE. Unidad Territorial de PRL

Confederación Granadina de Empresarios (CGE)
Contacto:
Maestro Montero, 23, 18004 - Granada
Telfs.: 958 53 50 41
Fax: 958 53 50 42
E-mail: cge@cea.es
www.cge.es

ALMERÍA
ASEMPAL. Unidad Territorial de PRL

Confederación Empresarial de la Provincia de Almería (ASEMPAL)
Contacto:
Paseo de Almería, 69 7ª Planta, 04001 - Almería
Telfs.: 950 62 10 80
Fax: 950 62 13 02
E-mail: asempal@asempal.es
www.asempal.es

MáLAGA
CEM. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Málaga (CEM)
Contacto:
San Lorenzo, 20, 29001 - Málaga
Telfs.: 952 06 06 23
Fax: 952 06 01 40
E-mail: info@cem-malaga.es
www.cem-malaga.es

SEVILLA
CEA. Departamento de Relaciones Laborales.
Técnico responsable: Lola Gessa.
Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA).
Contacto:.
Calle Arquímedes, 2 - Isla de la Cartuja, 41092 - Sevilla
Telfs.: 95 448 89 00
Fax: 95 448 89 11
E-mail: lgessa@cea.es
www.cea.es

CES. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Sevilla (CES)
Contacto:
Avenida de la República Argentina, 25 4ª Planta, 41011 - Sevilla
Telfs.: 95 499 11 00
Fax: 95 499 11 02
E-mail: info@cesevilla.es
www.cesevilla.es

CáDIZ
CEC. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz (CEC)
Contacto:
Avenida de Marconi, 37, 11011 - Cádiz
Telfs.: 956 29 09 19
Fax: 956 29 09 50
E-mail: info@ceccadiz.org
www.ceccadiz.es

HUELVA
FOE. Unidad Territorial de PRL

Federación Onubense de Empresarios (FOE)
Contacto:
Centro de Cooperación Andalucía Algarve - Avda. de la Ría, 3 , 1ª planta, 21001 - Huelva
Telfs.: 902 575 200
Fax: 902 575 202
E-mail: info@foe.es
www.foe.es



Noticia
Roncar y padecer apnea aumenta el riesgo de accidente.
Fuente: www.prevencionintegral.com

Una de las consecuencias del Síndrome de Apnea del Sueño es la alteración del descanso. Una persona que padece esta patología se despierta continuamente durante la noche porque el oxígeno no llega al cerebro y éste tiene que reaccionar para que se abra la faringe y vuelva a entrar el aire.

En algunos pacientes, este "microdespertar" se produce hasta cientos de veces en una sola noche sin que la persona afectada lo advierta, ya que no se encuentra consciente en el momento en que se produce. En consecuencia, tendrá la sensación de que ha dormido pero en realidad no habrá descansado. Al día siguiente, se produce la somnolencia, que conlleva otras alteraciones como la desorientación o la apatía.

El sueño es un ciclo con distintas etapas, englobadas en dos fases, el ‘No Rem' y ‘Rem'. Dentro del ‘No Rem', existen varias etapas de profundidad. Si el paciente no llega a una etapa de sueño profundo, puesto que cuando se produce una apnea el ciclo del sueño vuelve a iniciarse, la persona no habrá conseguido descansar, a pesar de tener la sensación de haber dormido toda la noche.

El problema de los accidentes de tráfico en los que está implicada la somnolencia es que no existe tiempo de reacción. Si una persona conduce bajo los efectos del alcohol o las drogas, su capacidad de reacción ante cualquier peligro disminuye. Sin embargo, una persona con somnolencia se duerme al volante y, por lo tanto, no llega a producirse frenada siendo el impacto de mayor gravedad.

Aunque está recogido en el reglamento que los enfermos de apnea del sueño que no reciben tratamiento no están capacitados para conducir, no existe ningún tipo de cuestionario que evalúe este tipo de incapacidad en los centros de reconocimiento de conductores.

En el ámbito laboral existe la misma problemática. La somnolencia provoca el mismo efecto, tanto en la conducción como en la manipulación de máquinas o tareas similares, ya que el trabajador puede quedarse dormido, poniendo en peligro su propia vida y la de otras personas.

Los primeros estudios que se realizaron sobre la relación entre accidentes de tráfico y laborales y la somnolencia provocada por el síndrome de Apnea del sueño, se llevaron a cabo en los años 80. Estos estudios demuestran que las personas que sufren apnea tienen entre 3 y 11 veces más riesgo de sufrir accidentes que el resto de la población. La DGT ha comprobado que en más del 20% de los accidentes de tráfico está implicada la somnolencia, teniendo en cuenta que la enfermedad tiene una alta prevalencia en la población.

Son muchas las campañas que se han llevado a cabo para concienciar a los enfermos de Apnea de que tienen que ser diagnosticados y tratados, porque el hecho de estar en tratamiento es suficiente para que las capacidades de conducción sean las mismas que las de cualquier otro conductor.

El tratamiento restablece todos los parámetros a la normalidad y permite que el paciente se oxigene, duerma bien, llegue a la etapa de sueño reparadora y al día siguiente no presente somnolencia. Lo que más valoran los pacientes que se someten a un tratamiento es que durante el día no tienen sueño y pueden realizar una vida normal.

Hay que concienciar a la población de que la apnea del sueño es un problema prevalente de salud pública y del riesgo que asumen al ponerse al volante tanto para sí mismos como para el resto de la población.

Logos
Portal de Prevención de Riesgos Laborales - Confederación de Empresarios de Andalucía