CóRDOBA
CECO. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)
Contacto:
Avenida del Gran Capitán, 12 - 2ª y 3ª plantas, 14001 - Córdoba
Telfs.: 957 47 84 43 - 957 49 71 11
Fax: 957 47 88 19
E-mail: ceco@ceco-cordoba.es
www.ceco-cordoba.es

JAÉN
CEJ. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ)
Contacto:
Paseo de la Estación 30, 7ª y 8ª Planta, 23003 - Jaén
Telfs.: 953 29 40 22
Fax: 953 29 40 24
E-mail: cej@cea.es
www.cej.es

GRANADA
CGE. Unidad Territorial de PRL

Confederación Granadina de Empresarios (CGE)
Contacto:
Maestro Montero, 23, 18004 - Granada
Telfs.: 958 53 50 41
Fax: 958 53 50 42
E-mail: cge@cea.es
www.cge.es

ALMERÍA
ASEMPAL. Unidad Territorial de PRL

Confederación Empresarial de la Provincia de Almería (ASEMPAL)
Contacto:
Paseo de Almería, 69 7ª Planta, 04001 - Almería
Telfs.: 950 62 10 80
Fax: 950 62 13 02
E-mail: asempal@asempal.es
www.asempal.es

MáLAGA
CEM. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Málaga (CEM)
Contacto:
San Lorenzo, 20, 29001 - Málaga
Telfs.: 952 06 06 23
Fax: 952 06 01 40
E-mail: info@cem-malaga.es
www.cem-malaga.es

SEVILLA
CEA. Departamento de Relaciones Laborales.
Técnico responsable: Lola Gessa.
Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA).
Contacto:.
Calle Arquímedes, 2 - Isla de la Cartuja, 41092 - Sevilla
Telfs.: 95 448 89 00
Fax: 95 448 89 11
E-mail: lgessa@cea.es
www.cea.es

CES. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Sevilla (CES)
Contacto:
Avenida de la República Argentina, 25 4ª Planta, 41011 - Sevilla
Telfs.: 95 499 11 00
Fax: 95 499 11 02
E-mail: info@cesevilla.es
www.cesevilla.es

CáDIZ
CEC. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz (CEC)
Contacto:
Avenida de Marconi, 37, 11011 - Cádiz
Telfs.: 956 29 09 19
Fax: 956 29 09 50
E-mail: info@ceccadiz.org
www.ceccadiz.es

HUELVA
FOE. Unidad Territorial de PRL

Federación Onubense de Empresarios (FOE)
Contacto:
Centro de Cooperación Andalucía Algarve - Avda. de la Ría, 3 , 1ª planta, 21001 - Huelva
Telfs.: 902 575 200
Fax: 902 575 202
E-mail: info@foe.es
www.foe.es



Noticia
Medidas de prevención laboral que deben tomar los autónomos.
Fuente: www.cincodias.es

Según el artículo 5 de la Ley del Estatuto del trabajo autónomo, estos trabajadores deben “cumplir con las obligaciones en materia de seguridad y salud laborales que la ley o los contratos que tengan suscritos les impongan, así como seguir las normas de carácter colectivo derivadas del lugar de trabajo de prestación de servicios”. Es decir, los trabajadores por cuenta propia también tienen una serie de obligaciones en la prevención de riesgos en el trabajo.

Con carácter general, todos deberán aplicar obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo a los siguientes principios:

  • Evitar todo tipo de riesgos.
  • Adaptar el trabajo a quien lo va a desarrollar.
  • Considerar la evolución en la técnica del trabajo.
  • Sustituir todo lo que conlleve riesgo.
  • Planificar la prevención.
  • Anteponer la protección colectiva.

Los trabajadores por cuenta propia que no tengan empleados a su cargo se centrarán en aplicar los principios preventivos a sí mismos, estableciendo las condiciones de seguridad y salud para la utilización de los equipos de trabajo. Por tanto, los materiales o equipos con los que trabajan deben cumplir con unos mínimos para poder utilizarlos.

Los Equipos de Protección Individual, conocidos como EPIs, son los que se utilizan para el trabajador esté protegido frente a cualquier amenaza que ponga en riesgo su salud o seguridad. Pueden ser materiales que el trabajador se ponga o que le hagan de sujeción. Los EPIs deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Proporcionar una protección eficaz frente a los posibles riesgos, sin suponer una molestia.
  • En caso de utilizar más de un EPI, deben complementarse entre sí.
  • Cumplir con los requisitos exigidos en el marco legal, en lo que se refiere a su diseño y fabricación.

Los profesionales autónomos que tengan empleados a su cargo, a efectivos preventivos son considerados empresarios. Por tanto, deberán regirse por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (PRL). De esta manera, deberán aplicar los principios básicos por trabajador autónomo, así como organizar los recursos necesarios para la realización de la actividad empresarial, mediante el desarrollo de las prevenciones, a través de las siguientes modalidades:

  • Asumiendo la prevención de riesgos laborales.
  • Designando a otro trabajador.
  • Recurrir a un servicio externo de prevención.
     
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Portal de Prevención de Riesgos Laborales - Confederación de Empresarios de Andalucía