CóRDOBA
CECO. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Córdoba (CECO)
Contacto:
Avenida del Gran Capitán, 12 - 2ª y 3ª plantas, 14001 - Córdoba
Telfs.: 957 47 84 43 - 957 49 71 11
Fax: 957 47 88 19
E-mail: ceco@ceco-cordoba.es
www.ceco-cordoba.es

JAÉN
CEJ. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Jaén (CEJ)
Contacto:
Paseo de la Estación 30, 7ª y 8ª Planta, 23003 - Jaén
Telfs.: 953 29 40 22
Fax: 953 29 40 24
E-mail: cej@cea.es
www.cej.es

GRANADA
CGE. Unidad Territorial de PRL

Confederación Granadina de Empresarios (CGE)
Contacto:
Maestro Montero, 23, 18004 - Granada
Telfs.: 958 53 50 41
Fax: 958 53 50 42
E-mail: cge@cea.es
www.cge.es

ALMERÍA
ASEMPAL. Unidad Territorial de PRL

Confederación Empresarial de la Provincia de Almería (ASEMPAL)
Contacto:
Paseo de Almería, 69 7ª Planta, 04001 - Almería
Telfs.: 950 62 10 80
Fax: 950 62 13 02
E-mail: asempal@asempal.es
www.asempal.es

MáLAGA
CEM. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Málaga (CEM)
Contacto:
San Lorenzo, 20, 29001 - Málaga
Telfs.: 952 06 06 23
Fax: 952 06 01 40
E-mail: info@cem-malaga.es
www.cem-malaga.es

SEVILLA
CEA. Departamento de Relaciones Laborales.
Técnico responsable: Lola Gessa.
Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA).
Contacto:.
Calle Arquímedes, 2 - Isla de la Cartuja, 41092 - Sevilla
Telfs.: 95 448 89 00
Fax: 95 448 89 11
E-mail: lgessa@cea.es
www.cea.es

CES. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de Sevilla (CES)
Contacto:
Avenida de la República Argentina, 25 4ª Planta, 41011 - Sevilla
Telfs.: 95 499 11 00
Fax: 95 499 11 02
E-mail: info@cesevilla.es
www.cesevilla.es

CáDIZ
CEC. Unidad Territorial de PRL

Confederación de Empresarios de la Provincia de Cádiz (CEC)
Contacto:
Avenida de Marconi, 37, 11011 - Cádiz
Telfs.: 956 29 09 19
Fax: 956 29 09 50
E-mail: info@ceccadiz.org
www.ceccadiz.es

HUELVA
FOE. Unidad Territorial de PRL

Federación Onubense de Empresarios (FOE)
Contacto:
Centro de Cooperación Andalucía Algarve - Avda. de la Ría, 3 , 1ª planta, 21001 - Huelva
Telfs.: 902 575 200
Fax: 902 575 202
E-mail: info@foe.es
www.foe.es



Noticia
El acoso laboral será motivo de despido de funcionarios en Aragón.
Fuente: www.prevencionintegral.com

Acosar laboralmente a un compañero de trabajo, minándole psicológicamente, será motivo de despido en la Administración autonómica aragonesa. Así lo regula una norma que ha dictado el Gobierno aragonés y que acaba de entrar en vigor, según reveló este pasado sábado en su edición impresa ABC. En dicha norma se detalla qué se considera como acoso laboral y se regula el protocolo de actuación en cuanto un empleado público de la Comunidad denuncie ser víctima de este tipo de situaciones, también conocidas como «mobbing» en su terminología anglosajona.

A partir de ahora, el empleado de la Administración regional o de sus organismos y entes que se considere víctima de acoso psicológico podrá denunciarlo con la garantía de que, en el plazo máximo de un mes, una comisión específica analizará el caso, recabará información, investigará lo ocurrido y emitirá un informe de conclusiones.

Si confirma que ha habido un caso de acoso laboral, el mismo informe propondrá las medidas sancionadoras a aplicar. Entre ellas, esta normativa contempla la separación del servicio de los funcionarios, que en el caso de los funcionarios interinos conllevará la revocación de su nombramiento. También prevé, dependiendo de la gravedad del caso, el despido disciplinario del personal laboral, en cuyo caso el trabajador quedará inhabilitado para volver a disfrutar de un nuevo contrato de trabajo con funciones similares a las que desempeñaba cuando fue sancionado.

Otras posibles sanciones son la suspensión firme de funciones, o de empleo y sueldo en el caso de personal laboral; el traslado forzoso, por el período que en cada caso se establezca; o el «demérito», que consistirá en la penalización a efectos de carrera profesional o promoción interna.

La normativa contempla también la posibilidad de que quien denuncie ser víctima de acoso laboral lo haga «de mala fe», a sabiendas de que no es cierto. En estos casos, se establecen también sanciones para quienes incurran en denuncia falsa: se le incoará expediente disciplinario.

Además, cuando la investigación interna confirme que efectivamente ha habido un caso de acoso laboral, se pondrá en conocimiento de la Fiscalía, para que actúe por vía penal si lo considera oportuno.

Esta normativa del Gobierno aragonés tipifica como acoso laboral supuestos tales como dejar al trabajador de forma continuada sin ocupación efectiva sin causa que lo justifique; dictar órdenes de imposible cumplimiento por parte del empleado; ocuparlo en tareas inútiles o sin valor productivo; reprender reiteradamente a un trabajador delante de otras personas; difundir rumores falsos sobre su trabajo o su vida privada; calumniarle o aislarle y reducir sus posibilidades de expresarse o de comunicarse con jefes o compañeros.

 

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