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Con el fin de simplificar los trámites administrativos de autorización ambiental, se redactó la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental” (ley GICA), que está redactada recogiendo el contenido de la Ley 16/2002 así como otras posteriores relacionadas con la prevención ambiental, cuyas principales características son:

  • Integrar en una misma autorización las autorizaciones sectoriales de medio ambiente (producción y gestión de residuos, autorización de vertido, etc).
  • Su objetivo es proteger al medio ambiente en su conjunto, aplicando los principios de prevención y control ambiental de una forma integrada, con el fin de impedir la transferencia de contaminación de un medio a otro. Para ello impone específicamente para cada instalación valores límite en todos los vectores ambientales (atmósfera, aguas, ruidos, residuos, suelos…), así como planes de vigilancia al respecto.

Su aplicación se indica en el Artº 20 de la Ley GICA y cubre la construcción, montaje, explotación o traslado de instalaciones públicas y privadas en las que desarrollen alguna o parte de las actuaciones señaladas en el Anexo I de la Ley (modificado en Decreto 356/2010) así como la modificación sustancial de las instalaciones o parte de las mismas.

Para realizar la solicitud de AAI se debe presentar la documentación indicada en el Artº 12 de la Ley 16/2002 así como la indicada por la consejería de M.A. y que se resume así:

  • Solicitud propiamente dicha.
  • Proyecto básico.
  • Informe de compatibilidad urbanística del ayuntamiento .
  • Documentación exigida por la legislación de aguas para la autorización de vertidos a aguas continentales intercomunitarias y por la legislación de costas para la autorización de vertidos de tierra a mar.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de otros requisitos establecidos en la legislación sectorial aplicable.
  • Cualquier otra documentación e información que se determine en la normativa aplicable.
  • Resumen no técnico.
  • Determinación de datos confidenciales de acuerdo con las disposiciones vigentes en la materia.
  • En caso de que la instalación este a su vez sometida al tramite de prevención ambiental, el estudio de impacto ambiental o, en su caso, la documentación exigible para la obtención del informe ambienta.

La vigencia de la AAI es de un máximo de ocho años, transcurrido el cual deberá ser renovado y, en su caso, actualizado por periodos sucesivos. Documentación para cumplimentar la solicitud:

  • Formato de solicitud de Autorización Ambiental Integrada (AAI)
  • Documentación a entregar junto con la solicitud de AAI
  • Instalaciones de nueva construcción
  • Instalaciones existentes
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