Normativa ambiental
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De conformidad con la Ley 1/2005 de 9 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, así como por la Ley GICA que establece en su Artº56 las instalaciones sometidas a autorización de emisión, dichas instalaciones tramitar dicha autorización ante la Dirección General de Cambio Climático y Medio Ambiente Urbano, presentando la solicitud en el Registro General de la Consejería de Medio Ambiente.

Han de tramitarla los titulares de instalaciones que figuran en el Anexo I de la Ley 1/2005 y que se resumen en las siguientes:

  • Combustión de potencia térmica superior a 20 MW
  • Refinerías
  • Coquerías
  • Calcinación-sinterización de minerales metálicos
  • Producción de arrabio o acero
  • Fabricación de cemento (clinker)
  • Fabricación de vidrio y fibra de vidrio
  • Fabricación de productos cerámicos mediante horneado
  • Fabricación de pasta de papel o de papel y cartón (superior a 20 t/d)

Para solicitarlo, además del modelo oficial deberá presentar:

  • Documentación administrativa (titular, acreditación, ubicación, etc)
  • Descripción de la instalación y tecnología utilizada
  • Materias primas y auxiliares que pueden producir emisión de GEI
  • Fuentes de emisión
  • Medidas previstas para el seguimiento (acordes con el anexo III de la Ley 1/2005)
  • Resumen explicativo de esas medidas

Además ha de presentar solicitud al Ministerio de MAMRM de la asignación de derechos de emisión para el periodo de vigencia del Plan Nacional de Asignación

El titular garantizará el seguimiento y comunicación de emisiones que se establezca en la resolución y deberá solicitar la autorización antes de del inicio de la actividad que emita los GEI. El plazo para la resolución/notificación es de tres meses y el silencio administrativo es desestimatorio.

Descarga de modelos de emisión:

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  • SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE EMISIÓN DE GASES DE EFECTO INVERNADERO.
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