Normativa ambiental
  • Autorización Ambiental Integrada
  • Autorización Ambiental Unificada
  • Calificación Ambiental
  • Autorización de Emisiones de GEI
  • Autorización de Vertidos al Dominio Público Hidráulico
  • Autorización para productores de residuos peligrosos
  • Autorización para gestores de residuos peligrosos
  • Declaración E-PRTR
  • Modelos de informe de emisión
    Otros servicios
  • Normativas
  • Enlaces de interés
  • Documentos de interés
  • Estadísticas ambientales
  • Documentos en elaboración

La Ley 7/2007 de gestión Integral de la calidad Ambiental (Ley GICA) trata en sus artículos 84 a 88 de los aspectos legales relacionados con la autorización de vertidos. Igualmente el RDL 1/2001 de 20 de julio (Texto refundido de la Ley de Aguas) y el RD 849/1986 de 11 de Abril (Reglamento del Dominio Público Hidráulico) definen los bienes que integran el dominio público hidráulico: aguas continentales, cauces, lagos y lagunas. etc., quedando prohibido el vertido de aguas y productos residuales susceptibles de contaminarlo salvo que cuenten con autorización administrativa previa.

Hay disponibles modelos de Solicitud y declaración de Vertidos, general y simplificada, a la que de forma general se acompañará lo siguiente:

  • Documentación administrativa (escrituras, CIF-DNI, etc.) en copia legalizada o fotocopia con original para su cotejo por la Agencia Andaluza del Agua.
  • Planos de situación y parcelario catastral en su caso.
  • Acreditación de la propiedad o permiso del propietario
  • Diagrama de bloques que resuma el proceso productivo.
  • Proyecto técnico de las obras e instalaciones de depuración o eliminación.
  • Documento que acredite la presentación de un proyecto de obras e instalaciones de depuración o eliminación ante la Agencia Andaluza del Agua.
  • Copia del Reglamento, Ordenanza o regulaciones específicas de vertidos no domésticos al alcantarillado.
  • Estudio hidrogeológico en los casos de vertidos a aguas subterráneas y documento que acredite su presentación previa ante la Agencia Andaluza del Agua.
  • Acreditación de los programas de reducción de la contaminación por sustancias peligrosas.
  • Documento de constitución de la Comunidad de Usuarios de vertido en su caso.

La autorización de vertidos lo tramita la Agencia Andaluza del Agua, en un plazo máximo de seis meses, transcurrido el cual sin resolución/notificación se considerará la solicitud como desestimada.

© Copyright
Aviso Legal
Contacto
Consejería de Economía, Innovación y Ciencia
Confederación de Empresarios de Andalucía
Isla de la Cartuja. C/ Arquímedes 2, 41092, Sevilla